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Limitantes
Exclusiones
•Parto normal.
•Partos prematuros, normales y anormales, legrados y abortos.
•Tratamientos de infertilidad y/o control natal.
•Reposición de aparatos de prótesis
•Circuncisión.
•S.I.D.A.
•Accidentes a consecuencia de ingestión de bebidas alcohólicas, drogas, narcóticos o alucinógenos.
•Práctica profesional de deportes.
•Deportes peligrosos: se consideran entre otros: motociclismo, box, charrería, tauromaquia, deportes aéreos, alpinismo, espeleología, pruebas de velocidad y aeronaves privadas
•Los check ups, tratamientos en vías de experimentación, análisis y demás gastos que se hagan para la detección de un padecimiento, no se cubren por el seguro hasta que se detecta una enfermedad que esté incluida en la póliza, quedando cubiertos solo los gastos relacionados con ésta.
•Los honorarios de médicos homeópatas, vegetarianos, naturistas y acupunturistas.
•Padecimientos derivados de los padecimientos excluidos en el seguro.
•Tratamientos de carácter estético, incluida la calvicie, que no sean requeridos como consecuencia de una enfermedad o accidente cubierto.
•Corrección visual, así como los tratamientos o intervenciones con el fin de corregir el astigmatismo, presbiopía, hipermetropía, miopía, estrabismo o cualquier otro trastorno de la refracción. Tampoco se cubren los anteojos o lentes de contacto y lentes intraoculares.
Aparatos auditivos.
•Suicidio o intento de auto mutilación.
•Lesiones como consecuencia de riñas provocadas por el asegurado o cometiendo delito.
•Tratamientos dentales excepto si son como consecuencia de un accidente en diente natural.
•Tratamientos de obesidad, otros de tipo psiquiátrico, psicológico, de conducta, aprendizaje y lenguaje.
•Padecimientos preexistentes (los que se detectan antes de estar asegurados) que continúan teniendo gasto o manifestaciones durante los 2 primeros años de ser dado de alta en la póliza.
CESÁREA
Todas las cesáreas en la vida de la mujer, a partir del mes 11 de haber sido incluida en la póliza con la suma asegurada. $ 22,000 sin deducible ni coaseguro.
COMPLICACIONES DEL EMBARAZO
Se incluyen: preclampsia, eclampsia y toxicosis gravídica con deducible y coaseguro de enfermedad según hospital elegido.
COLUMNA, CADERA, RODILLA Y NARIZ
Para cirugías de estos órganos, es muy conveniente que se haga una segunda opinión médica con un médico indicado por la aseguradora, para saber si es un padecimiento cubierto y poder acceder al pago directo.
URGENCIA MÉDICA EN EL EXTRANJERO
Se cubren los gastos originados en caso de sufrir algún accidente y/o enfermedad que sea considerada como Urgencia Médica fuera del territorio nacional durante un viaje de placer o de negocios. Al estar estabilizada y controlada la condición patológica o traumática del paciente, cesará la Urgencia Médica y, por lo tanto, los efectos de este beneficio. El número telefónico desde USA y Canadá hacia México es 1-888-293-7221. Desde el resto del mundo a México es 0052-555-169-2727 por cobrar.
AMBULANCIA TERRESTRE
Se incluye por Urgencia Médica en Territorio Nacional bajo el sistema de reembolso.
USO DE MOTOCICLETA
PARA EL DESEMPEÑO DEL TRABAJO
Se Incluyen los accidentes cuándo la motocicleta se usa para el desempeño del trabajo del asegurado para la empresa contratante.
TRASPLANTE DE ÓRGANOS
Se cubren los gastos quirúrgicos erogados por el receptor (Asegurado) conforme las condiciones del contrato, así como los gastos pre y post operatorios, con deducible y coaseguro contratados. Se excluyen todos los gastos erogados por el donador de órgano.
PADECIMIENTOS CONGÉNITOS
Se cubren los padecimientos congénitos de los dependientes nacidos y cubiertos en la póliza, siempre y cuándo la mamá tenga una antigüedad mínima de 10 meses en la póliza y se reporte el alta del bebé dentro de los 30 días de su nacimiento. Se cubren como un sólo evento.
HERNIAS, INTOXICACIONES Y ENVENENAMIENTO
Incluidas con deducible y coaseguro de enfermedad.