
1. Objetivo.
Cubrir los gastos médicos mayores ocasionados
por accidentes y enfermedades que ocurran
a los alumnos que hayan pagado este servicio,
en cualquier lugar y a cualquier hora.
2. Beneficios.
Contar con la tranquilidad de saber que
los costos de hospitalización ocasionados
por algún accidente o enfermedad quedarán
cubiertos hasta el límite establecido
en la póliza. Un seguro similar tiene
un costo superior en el mercado.
3. Funcionamiento.
El servicio de gastos médicos mayores
es obligatorio para todos los alumnos
que inicien su licenciatura en cualquiera
de las universidades de la Red Anáhuac,
a partir del período 200760 (agosto del
2007); para los que iniciaron antes de
este período será opcional.
Todo alumno que ingrese por primera vez
a la universidad desde el período 200760
podrá pagar el seguro junto con la inscripción
o con el pago de la primera colegiatura.
Para los alumnos que ingresaron a la universidad
antes de período 200760 es opcional y
lo pueden adquirir si lo desean, junto
con el pago de la inscripción.
A más tardar tres semanas posteriores
al inicio de clases, recibirán la credencial
correspondiente, junto con un folleto
instructivo para la utilización del seguro,
coberturas y demás información.
4. Costo.
El costo del servicio será dado a conocer
semestralmente.
5. Vigencia.
Mediante el pago de la cuota correspondiente,
el alumno estará protegido desde el primer
día de clases del semestre o desde que
paga la cuota de este servicio (lo que
ocurra más tarde) hasta los seis meses
posteriores.
6. Cobertura
y limitantes.
a. Suma
asegurada: 250
S.M.G.M.*
b.
Deducible por enfermedad: 2
S.M.G.M.
c.
Deducible por accidente: 10%
del monto reclamado con mínimo de $ 500
pesos.
Nota: el coaseguro
se eliminará en caso de que el asegurado
utilice la red de médicos y hospitales
de la aseguradora simultáneamente.
d.
Aplica pago directo de la aseguradora
al hospital cuándo el asegurado avisa
a la aseguradora al ingresar al hospital.
*
(Salarios mínimos general mensual)
Cobertura Internacional
de Emergencia Médica.
• Condiciones
cubiertas
• Honorarios
de médicos o cirujanos: si el médico no
es de la red de la aseguradora, se pagara
en base al tabulador.
• Cuarto
estándar de hospital.
• Sala
de operaciones o curaciones.
• Gastos
de anestesia y honorarios de anestesista.
• Honorarios
de enfermera (máximo tres turnos).
• Medicamentos
adquiridos fuera del hospital, que hayan
sido prescritos por los médicos tratantes
y se acompañen del recibo de la farmacia
con la receta.
• Análisis
de laboratorio, estudios de rayos X, isótopos
radioactivos, electrocardiogramas, etc.,
y cualquier otro indispensable para el
diagnóstico o tratamiento de un accidente
o enfermedad cubierta.
• Gastos
por consumo de sangre, suero, plasma o
sustancias semejantes.
• Gastos
por consumo de oxígeno.
• Renta
de muletas, silla de ruedas, pulmón artificial
o aparatos semejantes.
• Aparatos
ortopédicos y prótesis dental, necesarios
a consecuencia de accidentes, serán cubiertos
por la compañía hasta un límite del 10%
de la suma asegurada contratada.
• Ambulancia
terrestre.
• Tratamiento
médico quirúrgico de amigdalitis y adenoiditas.
• Cama
extra para un acompañante durante la estancia
en el hospital.
• Cirugías
de nariz o senos paranasales, exclusivamente
a consecuencia de un accidente.
• Gastos
originados por intervenciones de cirugía
correctiva en malformaciones congénitas
de hijos del asegurado, nacidos durante
la vigencia de la póliza, siempre que
estén cubiertos por ella.
7. Esta póliza
no cubre los gastos resultantes de:
• Trastornos
de enajenación mental, estados de depresión
psíquica o nerviosa, histeria o psicosis,
cualquiera que fuesen sus manifestaciones
clínicas.
• Padecimientos
que resulten por el uso o estando bajo
los efectos de alguna droga, estimulante,
alcohol o similares, excepto si fueron
prescritos por un médico.
• Tratamientos
dentales, alveolares o gingivales, excepto
los que resulten indispensables a consecuencia
de algún accidente cubierto.
• Intervenciones
quirúrgicas de carácter estético o plástico,
excepto las reconstructivas que resulten
indispensables a consecuencia de algún
accidente o enfermedad cubierta ocurrido
durante la vigencia de la póliza.
• Anteojos,
lentes de contacto, lentes intraoculares
o aparatos auditivos.
• Curas
de reposo o exámenes médicos generales
para comprobación de estado de salud,
conocidos con el nombre de check-up.
• Gastos
realizados por el acompañante del asegurado
durante la estancia de éste en sanatorio
u hospital, tales como alimentos extras.
• Lesiones
que el asegurado sufra en servicio militar
de cualquier clase, en actos de guerra,
insurrección, rebelión o riña sólo si
hubo provocación por parte del asegurado.
• Homicidio
intencional, suicidio o cualquier intento
del mismo o mutilación voluntaria, aún
cuando se cometa en estado de enajenación
mental.
• Lesiones
que el asegurado sufra mientras haga uso
de motocicletas, motonetas u otros vehículos
similares de motor, salvo que dicho uso
se derive de una comisión laboral debidamente
autorizada por su patrón.
• Lesiones
que el asegurado sufra cuando se encuentre
a bordo de una aeronave de línea no comercial,
como piloto, mecánico de vuelo o miembro
de la tripulación.
• Abortos,
partos prematuros, partos normales o anormales,
legrados cualquiera que sea su causa y
toda complicación del embarazo (con excepción
de lo especificado en el punto 15 de las
Coberturas Cubiertas), del parto o del
puerperio.
• Padecimientos
preexistentes a la fecha en que se inicia
la vigencia de la póliza con respecto
a cada asegurado.
• Queratotomía
radiada.
• Cualquier
gasto realizado para el diagnóstico o
tratamiento del síndrome de inmunodeficiencia
adquirida (S.I.D.A.)
8. Forma de contratación.
A través de Internet: ingresando al módulo
de finanzas de la universidad y seleccionando
la impresión de la ficha de inscripción.
A través de la caja de la universidad.
9. Trámite del
beneficio.
Para los siniestros se atenderán todos
directamente con la red de servicios de
la aseguradora, llamar a los tels: 5325 0523, 5325 0496, 5325 0403, ó del interior de país al 01800 712 4237, o directamente con Consultores
en Riesgos y Beneficios, S.A. de C.V.
para lo cual podrán llamar al 01800 715
3060 desde el interior del país y al 5377 1920desde la ciudad de México.
10. Políticas
de cancelación.
El alumno que ingresó a partir del período
200760 (agosto del 2007) podrá solicitar
la excepción de este cobro (no comprar
el seguro), si demuestra antes del cuarto
día hábil del inicio de clases, que ya
cuenta con un seguro similar y vigente.
Considerándose como un seguro similar
cuando contenga las siguientes características:
• Suma
asegurada de al menos $ 400,000.
• Cobertura
Nacional.
• Estar
vigente durante el período que cubre el
semestre.
• Estar
pagado.
Después de la fecha arriba mencionada,
se aplicará el cargo del seguro a todos
los alumnos que ingresaron desde el período
200760 y que no lo haya pagado, deberá
ser pagado a más tardar en la fecha de
vencimiento de la primera colegiatura.
Si la universidad cuenta con una oficina
del despacho de Consultores en Riesgos
y Beneficios, el alumno realizará el trámite
de cancelación en esta oficina, presentando
y dejando copia de la póliza que ampara
su seguro vigente.
Si la universidad no cuenta en sus instalaciones
con una oficina de Consultores en Riesgos
y Beneficios, el alumno deberá presentar
la copia de la póliza vigente, en la oficina
de la dirección de finanzas y administración
con el contralor o en su defecto con el
administrador o con quien éste indique.
11. Alumnos con
beca.
Los alumnos que tienen algún porcentaje
de beca y que ingresen a partir del período
200760, deberán pagar la totalidad de
este servicio. Seguro de Gastos Médicos
Mayores para alumnos de licenciatura de
la Red de Universidades Anáhuac.
12. Formatos para reclamación del seguro.
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Formato: Acrobat (pdf)
Aviso de accidente o enfermedad |
Tamaño: 16 KB |
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Formato: Acrobat (pdf)
Informe médico |
Tamaño: 18 KB |
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13. Condiciones Generales.
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Formato: Acrobat (pdf)
Condiciones Generales |
Tamaño: 112 KB |
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